PSST – Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Elaboración de PSST Bolivia - Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
PSST Ministerio de Trabajo

En Bolivia, los Planes de Higiene, Seguridad Ocupacional y Manual de Primeros Auxilios constituían el mecanismo legal que tenían las empresas para cumplir la Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar, pero con la Resolución Ministerial No. 1411 del 27 de diciembre de 2018 se dejó sin efecto estos Planes y se aprobó un nuevo mecanismo más eficiente denominado PSST o Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Este cambio en la normativa legal aún es desconocido o ignorado por muchas empresas que en caso de no adaptarse a este cambio van a quedar expuestas a multas y sanciones.

¿Qué es el PSST?

Según la Norma NTS-009/18 se define PSST o Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo como: “Documento que contiene el conjunto de actividades y mecanismos en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar, implementados en la empresa o establecimiento laboral, que tiene por finalidad la prevención de riesgos ocupacionales, accidentes de trabajo y enfermedades laborales”. Si bien su nombre lo define como un “Programa”, pero su contenido técnico establecido, el cual incluye política, organización, planes, procedimientos, inspecciones y otros, le da una connotación de ser básicamente un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

¿Qué sustento legal tiene el PSST?

Cómo medio para el cumplimiento de la Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar, Decreto Ley No. 16998 del 2 de Agosto de 1979,  el Ministerio de Trabajo creó la Norma Técnica de Seguridad NTS 009/18, la cual regula la presentación de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, esta norma fue aprobada y puesta en vigencia con la Resolución Ministerial  No. 1411/18 del 27 de diciembre de 2018.  Esta Resolución Ministerial también deja sin efecto todas las Resoluciones que regulaban lo que anteriormente se denominaban “Planes de Higiene, Seguridad Ocupacional y Manuales de Primeros Auxilios”.

¿Quiénes están obligados a presentarlo?

El Artículo 2, de la Norma NTS-009/18 establece que es de aplicación obligatoria para todas las empresas o establecimientos laborales nacionales y/o extranjeros, que se encuentran en operación o en etapa de ejecución de proyectos (construcción) en territorio Nacional, sean públicos o privados, persigan o no fines de lucro.

En el sentido de que esta Norma es un mecanismo para el cumplimiento de la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, quedan exceptuados de presentar:

  • Las tareas realizadas por las Fuerzas Armadas y los Organismos de Seguridad del Estado.
  • Personas naturales o independientes sin dependientes.

¿Cuál es el criterio para definir la cantidad de PSST´s que se deben presentar?

En el Artículo 4, inciso II de la Norma NTS-009/18 establece que “En caso de que las Empresas o Establecimientos Laborales del sector público o privado, cuenten con sucursales o reparticiones a nivel local o en el interior del país, deben presentar obligatoriamente un PSST por cada sucursal, repartición u otra denominación sea cual fuere el caso”.  Es decir, si una empresa tiene una oficina central y 2 sucursales, deberá presentar 3 PSST´s; uno por cada ubicación.

¿Quiénes validan que se haya realizado un PSST correctamente?

En el Articulo 4, Inciso II.4 de la Norma NTS-009/18 establece que la “Validación de la elaboración del PSST debe ser realizada por un profesional o técnico habilitado en el Registro Nacional de Profesionales y Técnicos en Seguridad Ocupacional y Medicina del Trabajo”.

Si bien es cierto que el proceso de elaboración del PSST intervienen operadores, supervisores, jefes, gerentes, técnicos, etc. el documento final debe ser revisado por un técnico registrado en el Ministerio de Trabajo. 

La situación ideal es que este técnico o profesional registrado sea parte de la misma empresa, pero aquellas empresas que no tienen un profesional en seguridad registrado pueden contratar este servicio a consultores en PSST que estén debidamente registrados.

¿Cómo se debe presentar?

La presentación del PSST debe ser realizada de manera digital únicamente a través de la plataforma web del Ministerio de Trabajo https://psst.mintrabajo.gob.bo/, conforme a lo establecido en el Artículo 4, inciso I, de la Norma NTS-009/18.  Es decir, no tenemos que presentar ninguna documentación física en el Ministerio de Trabajo.

¿Cuánto es el monto a pagar para poder presentarlo?

En la Resolución Ministerial No. 1611/18 también resuelve en su Séptimo punto la escala de costos para los trámites de presentación de cada PSST, con base al número total de trabajadores con los que cuenta la empresa o establecimiento laboral y es la siguiente:

# DE TRABAJADORESMonto
Bs.
0 a 50250
51 a 100500
101 a 2001.000
Mas de 2001.500

Estos montos deben ser pagados en cuenta fiscal del Banco Union No. 1-6036425 correspondiente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

¿Qué tiempo de vigencia tiene un PSST?

El Artículo 9 de la Norma NTS-009/18 establece que el PSST aprobado tiene una vigencia de 3 años, al término de dicho plazo la Empresa o Establecimiento Laboral, debe tramitar nuevamente la aprobación del PSST actualizando la información.

Es importante mencionar en este punto, que el PSST es básicamente un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, y aunque la vigencia de la aprobación es de 3 años, las actividades que se establecen en el mismo se deben realizar y documentar de manera permanente; por ejemplo: los monitoreos de iluminación deben realizarse y documentarse mínimamente 1 vez al año, no cada 3 años cuando toque presentar nuevamente el PSST.

¿Qué puntos componen el contenido técnico de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo?

El contenido técnico de un PSST está descrito en el Artículo 6 de la Norma NTS-009/18 en la cual se establecen los siguientes 13 puntos:

  1. Politicas y Objetivos en Seguridad y Salud en el Trabajo.
  2. Explicación detallada del proceso productivo o de servicio.
  3. Gestión de Riesgos Ocupacionales.
  4. Estudios/Monitoreos de Higiene.
  5. Actividades de Alto Riesgo.
  6. Descripción de las condiciones actuales.
  7. Manual de Procedimiento de Investigación de Accidentes e Incidentes de Trabajo.
  8. Dotación de Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal.
  9. Capacitaciones.
  10. Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional.
  11. Inspecciones.
  12. Plan de Emergencias.
  13. Medicina de Trabajo y Salud Ocupacional.

Descarga un checklist con los documentos básicos que se necesita para elaborar el PSST accediendo al siguiente link:


Estos han sido los aspectos básicos que debes conocer acerca de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, si quieres mayor información acerca de los PSST´s o apoyo técnico para la elaboración de los mismos, puedes contactarme haciendo click en el siguiente link.


53 thoughts on “PSST – Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo

  1. Buenas tardes, queria hacerles una consulta. Tengo una microempresa la cual en el ROE esta registrada como 0 dependientes ya q no tengo trabajo constante por el tipo de trabajo q realizo. ( es una empresa instaladora y por lo general tengo dos o 3 trabajos por año) los cuales duran unos 30 dias maximo. Tengo q realizar el PSST? ya q me piden planilla de sueldos y como les dije q mi ROE no tengo dependientes, gracias espero su respuesta

    1. Estimado Miguel, muchas gracias por tu consulta. Respondo tu pregunta:

      Si su empresa está correctamente establecida y no tiene trabajadores en el ROE, NO es Necesario realizar PSST.

      Por otro lado, por las características de la empresa y de las tareas que se realizan, entiendo que debería tener al menos 1 trabajador registrado en el ROE, por lo cual SI le correspondería realizar un PSST.

      Con mayor elementos de análisis, si el Ministerio del Trabajo no le observa que debe tener trabajadores registrados, NO debe realizar el PSST.

  2. Buenas noches tengo una empresa de instalaciones de gas y en el roe no tengo dependientes ya que los trabajadores son eventuales no pasan los trabajos de un mes y mis trabajos no son constantes
    Mi empresa es unipersonal me corresponde realizar el P.S.ST.

    1. Buenas noches amigo. En una consulta previa tenía un caso parecido y le respondí de manera similar:
      Si NO tiene trabajadores registrados NO le corresponde realizar el PSST.
      Pero, por las características del trabajo (que no se desarrolla en un escritorio de su casa y tiene riesgos de consideración durante la ejecución) es difícil concebir que no se establezca un mecanismo de gestión de seguridad y salud, por lo que se le va pedir que lo elabore o que se lo exija a sus eventuales.

  3. Buenas noches, soy el administrador de una empresa de servicios que desarrollo de softwares y la empresa tiene 8 dependientes entre desarrolladores y administrativos, tenemos ROE desde hace 3 años, nuestro empresa es una SRL y no comtempla la ejecución de proyectos (construcción), como indica la norma. Por favor nos confirman si estamos obligados a realizar y presentar el PSST al Ministerio de Trabajo y cuales son las fechas de vencimiento.

    Muchas gracias por su respuesta.

    1. Hola estimado Gerardo. Muchas gracias por escribirme.
      Respondiendo a tú pregunta: La norma NTS 009/18 del PSST es para todas las actividades, no solo para la construcción. Mientras exista 1 o más trabajadores en nuestra empresa registrado en el ROE estamos obligados a realizar el PSST, la diferencia es que para aquellas empresas que tienen trabajos de oficina, el análisis de riesgo es probablemente más sencillo. Otro punto que rescato de tu comentario es que si tienes solamente 8 dependientes no va ser necesario crear un comité mixto de higiene y seguridad (es uno de los requisitos del PSST).

      En conclusión: SI estás obligado a hacer un PSST de tu empresa. Seguramente no va ha ser tan extenso como el de una empresa constructora o una empresa industrial, pero SI debes hacerlo.

  4. Buenas Tardes, mi consulta es la siguiente
    Estoy haciendo la elaboración del PSST para una empresa constructora, en el punto 3 ESTUDIOS GENERALES (VIGENTES Y ACTUALIZADOS)
    aun debemos basarnos en las normas técnicas de iluminacion, andamios y etc ? ya que na NS 009/18 solo indica que o putea que se debe realizar estudios de iluminación, ruidos, etc.

    1. Buenas tardes Sra.Alejandra:
      En el punto 4 del contenido del PSST (Estudios/Monitoreos de Higiene) al igual que en todos los aspectos técnicos del PSST debemos basarnos siempre en una norma técnica aprobada por el Ministerio de Trabajo.
      Por ejemplo, para iluminación tenemos la norma NTS 001, para ruido la norma NTS 002, para andamios la norma NTS 005, etc. (estas normas las puede descargar en la página web del ministerio o en esta pagina web en el menú descargas)
      Si estos estudios lo van a realizar personal externo a la empresa, tenemos que verificar que cumplan con lo que dice en estas normas y que sean aprobados y firmados por un profesional en seguridad registrado en el Ministerio de Trabajo.
      Espero haber respondido a su pregunta.

  5. una empresa constructora que contrata personal eventual, debe presentar psst de la empresa/(oficinas) o del proyecto de construcción?

    1. Hola Hernan. Todas las empresas deben presentar un PSST por cada ubicación física en donde tenga operaciones. Si tienen una oficina central y un proyecto de construcción (que no esté en el mismo lugar de la oficina), debe presentar un PSST para la oficina y otro PSST para el proyecto. Obviamente el PSST de la oficina es más sencillo que el del proyecto de construcción.

  6. Buenas noches, una consulta por favor… Estoy realizando un Psst para una empresa de servicios de limpieza. Donde esta conformado la parte administrativa (oficinas de la empresa) y la parte operativa los operarios de limpieza desempeñan sus labores en instituciones públicas y privadas. Mi pregunta es tengo que realizar 2 Psst? Parte administrativa y operativa. Ya que en el punto 2 de norma de presentación precisa que se detalle el proceso de servicio y los trabajadores que intervienen. Ya que no detalla en la ley como elaborar para empresas de tercerizacion. Saludos

    1. Buenas tardes Emilio,
      Respondo su consulta: Solamente necesita realizar 1 PSST que considere la oficina administrativa y de forma genérica los trabajos operativos que se realizan en las instalaciones del cliente.
      En la descripción se detallada del servicio se describen las tareas de forma genérica explicando los criterios que se deben considerar para evaluar riesgos, asignar personal y otros que correspondan en función a las instalaciones del cliente.

  7. Buen dia,
    Necesito elaborar este PSST para una empresa de prestacion de servicios Agua y Alcant.quisiera que se me aclare que esta elaboracion la debe realizar un profesional externo o la empresa, si fuese por nosotros me podrian facilitar el modelo para adecuarlo por favor, se agradece de antemano

    1. Buenos días Sra. Martha
      El PSST para cualquier tipo de empresa debe ser elaborado/evaluado por un profesional en seguridad con registro vigente del Ministerio de Trabajo.
      Si en su empresa hay un profesional registrado que sepa como elaborarlo, no necesita contratar un personal externo.
      Se aplica el mismo criterio para la realización de los monitoreos/estudios de higiene (iluminación, ruido, ventilación, carga de fuego, etc.).
      En cuanto al modelo (formato) a seguir, la normativa no pide un modelo en específico, pero se aconseja seguir el modelo que ya utilicen en su empresa para documentar sus manuales o procedimientos, teniendo en cuenta de incluir todo lo que se especifica en la norma NTS-009/18.

  8. Hola vinieron los del ministerio a mi empresa a decirme que estoy en la obligación de hacer el psst en mi empresa.
    Mi pregunta es la siguiente mi empresa es una ferretería y tengo 4 empleados en planilla estoy en la obligación de hacer el psst si en caso no estuviera en la obligación que tuviese que hacer gracias

    1. Hola Eduardo
      Si usted tiene una ferretería y tiene 4 empleados en planilla, tiene la obligación de hacer el PSST, conforme a la norma NTS-009/18.
      El PSST es obligatorio para todas las empresas, ya sean públicas o privadas dentro del territorio nacional.

  9. Si se quiere abrir un negocio hay que realizar estos PSST???, creo que mas se aplican a una empresa industrial o empresas donde el trabajo es mas riesgoso , manejo de maquinarias, soldadura, taller mecanico,etc

    1. Hola Carlos:
      Así es, según la norma, todas las empresas (negocios) públicas y privadas deben realizar el PSST. Quedan excluidos de esta norma los que se desempeñan como profesionales independientes (los cuales desarrollan sus tareas en casa).

      La norma que regula el PSST no excluye a empresas pequeñas o de trabajo de bajo riesgo, La diferencia es que para las empresas grandes o de alto riesgo las tareas y los controles en tema de seguridad son mayores y hacen que el documento sea más extenso.

  10. Cuando habrá una capacitación para poder registrarme como consultor en PSST o Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, en razón de que mi registro ha caducado hace cuatro años.

    1. Estimado Javier:
      Para mantenerlo informado sobre nuestras capacitaciones, material informativo sobre PSST y otros temas de SySO, puede suscribirse al siguiente link de nuestra consultora CGE: https://bit.ly/ChecklistPSST

      Con respecto a su registro caducado, puede contactarse conmigo al whatsapp para que evalúe su caso y le dé las indicaciones respectivas en función a la categoría que desea obtener.

  11. Una consulta, quiero realizar un PSST, para una empresa que cuenta con menos de 50 trabajadores se puede realizar de igual forma?

    1. Amigo Samir:
      Si su empresa tiene 1 o más trabajadores, debe de realizar el PSST.

  12. Hola, tengo una consulta, si yo nos soy una profesional de SYSO pero soy estudiante de industrial podría realizar como tesis este tema?
    se realizaría para una empresa que cuenta con 68 trabajadores

    1. Buenos días Claudia
      Puedes realizar el PSST como tema de tesis, pero para la presentación en el portal web del ministerio de trabajo, para los monitoreos de higiene y el estudio de carga de fuego, se necesitará necesariamente del aval de un profesional registrado.

  13. Soy industrial minero y tengo una concesión minera legalmente constituida, pero no tengo el equipo necesario para iniciar la operación. Entonces he alquilado el equipo de un particular. Por otro lado, el trabajo del equipo no es fijo y debe desplazarse continuamente de un lugar a otro dependiendo de la ocurrencia del mineral. Por otro lado, el número de operarios no excede de cinco personas que son parte del servicio alquilado. La pregunta es: El PSST debe tramitarlo el concesionario minero o el dueño del equipo?

    1. Buenos días Jaime, respondo su pregunta:
      El Concesionario es el responsable directo de que en ésta se cumplan las normas de seguridad dentro de la concesión. El dueño de la concesión debe hacer e implementar el PSST o en su defecto cobrarle al contratista (que es el que tiene a la gente y los equipos) de que lo haga y lo implemente.

  14. Buenas tardes.

    Existen 4 categorias de profesionales registrados, como se que categoria de profesional debo tener en mi empresa??

    1. Buenos días Cristian.
      Para la validación web del PSST no existe restricción de categoría, puede validar tanto un profesional categoría A como también un profesional o técnico Categoría D.
      Para lo que existe restricciones es para los estudios y monitoreos de higiene (que normalmente los realiza un consultor externo). Por ejemplo: los monitoreos de iluminación y ruido solamente pueden ser ejecutados por un profesional categoría A con experiencia en dichas mediciones.

  15. quien es el encargado responsable del PSST en una empresa?? es decir el encargado de hacer cumplir de llevar el seguimiento etc.

    1. Buenas tardes Karen:
      Ante el Ministerio de Trabajo el responsable del PSST es el Representante Legal o Gerente General de la Empresa. Pero éstas personas pueden delegar estas tareas a quién ellos decidan. Por ejemplo: en empresas con una estructura grande se designan estas tareas al Jefe o Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional, en empresas más pequeñas que no tienen área de SySO normalmente está a cargo el área de Recursos Humanos (RRHH).

  16. Buenas tardes con relación a su respuesta de la persona responsable ( el Representante Legal) en que parte de la norma menciona? por favor
    Atte Marcelo Rios

    1. En la Ley General del Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar (DL 16998) menciona en varios artículos las responsabilidades del «EMPLEADOR», que de acuerdo a su definición (art.4º) es toda persona natural o jurídica que esté a cargo o tenga a su cargo el control o vigilancia del trabajo en un centro laboral.

  17. Buenas Tardes, quisiera realizar una consulta porfavor.
    Para sacar un PSST para una empresa de transporte desde agroquimos hasta semillas y concreto, tiene que tener su licencia ambiental al día. ? y sacar primero la licencia de actividades con sustancias peligrosas antes que el PSST?
    Gracias!

    1. Buenas tardes Dayana
      Para presentar el PSST, No es necesario tener su licencia ambiental al día.
      Tampoco es necesario tener su LASP (Licencia para actividades con Sustancias Peligrosas).
      Estos documentos pueden ayudar a elaborar el PSST, pero no son requisitos para la elaboración o presentación.

  18. Buenas noches, disculpe, queria realizar las siguientes consultas:
    -¿Cuanto tiempo de plazo tiene el Ministerio de Trabajo para la revisión y aprobación del PSST?
    – ¿Si el Ministerio de Trabajo encuentra observación en el PSST hay un tiempo establecido para la subsanacion de dichas observaciónes o hay que iniciar nuevamente con la presentación de un nuevo PSST?
    De ante mano le agradezco por su tiempo y por facilitar esta plataforma para despejar dudas.

    1. Buenos días Michelle, respondo sus preguntas:
      – No existe un plazo para la revisión y aprobación del Ministerio de Trabajo, ellos pueden demorar entre 1 a 5 meses en dar una respuesta. La pandemia hizo que se tomen mayores tiempos para la revisión.
      – De igual manera que el anterior, no existe un tiempo para subsanar observaciones. No hay que iniciar nuevamente, solamente hay que volver a cargar solo aquellos archivos o requisitos que están observados.

  19. Buenas noches, una consulta, si no se presento al ministerio de trabajo hay alguna sanción ya que la empresa en la que trabajo no cuenta con PSST y ya son 10 años desde la constitución de la empresa y pensamos que no era necesario ya que se cuenta con 15 trabajadores y viendo su publicación me doy cuenta que deberíamos tener.
    Gracias…

    1. Buenas noches Mery, respondo su pregunta:
      Por ahora, no hay sanciones retroactivas, la sanciones o multas se hacen efectivas si no se subsanan las observaciones que realizan los funcionarios del Ministerio de Trabajo luego de una inspección al establecimiento laboral.
      Si no tienen nada avanzado con los requisitos del PSST, va ser difícil poder subsanar observaciones en los plazos que dan. Tienen que ir elaborando el PSST, antes que les llegue una inspección del Ministerio de Trabajo.

  20. estimado una consulta al tratar de generar el psst para una constructora me aparece el siguiente mensaje «la cantidad de trabajadores registrados en la OVT no coincide con el proyecto presentado, verifique sus datos».
    Es otro psst para otro proyecto de la constructora, que me sugiere que haga, muchas gracias.

    1. Buenas noches, respondo su pregunta:
      Ese es un problema muy común en la plataforma, debe llamar al teléfono del Ministerio de Trabajo (en La Paz) y pedirle contactar con Sistemas del PSST para que segreguen la cantidad de trabajadores, de la OVT van a tener q separar los de casa matriz y los q van a destinar al proyecto, la suma de los dos deberá ser igual al total presentado mensualmente.

  21. Buenos días estimado, quisiera por favor que me aclare los siguiente. Una empresa constructora que en la actualidad no tiene personal registrado (dependiente), pero va a terciarizar personal de mano de obra (9 personas).
    1.- Debe contar con PSST?
    2.- El PSST se debe elaborar por cada proyecto nuevo a realizar a realizar? o se debe describir en forma general los trabajos de construcción que se realiza?
    2.- Si el proyecto va a empezar y no reúno con todas las evidencias que solicita la NTS, se pueden programar la realización dentro del PSST?
    3.- Se debe conformar comité mixto? ya que son menos de 10 personas según lo que establece el reglamento del comité mixto?
    4.- el precio estimado (costo) por la elaboración del PSST?

    1. Buenos días estimado Jorge, respondo sus preguntas:
      1. Si no tiene personal registrado no podrá registrar su PSST, pero dará lugar a otro tipo de cuestionamientos ¿quién dirige la empresa? ¿Quién hace la contabilidad? ¿quién contratará y pagará al personal terciarizado?. Toda actividad que realicen los trabajadores (ya sean propios o terceros) deben estar cubiertas por un PSST, si usted no los considera en su PSST, deberá pedirle a la empresa donde contrata a los terceros que tengan un PSST que contemple las actividades que realizarán.
      2. Si, debe haber un PSST para cada proyecto a realizar. No es necesarios para trabajos pequeños que están considerados de manera genérica en el PSST de la empresa constructora.
      2. Si aún no ha comenzado el proyecto, en el PSST puede incluir la programación de las tareas que van a dar lugar a las evidencias.
      3. Si tiene menos de 10 personas no existe la obligación de conformar un comité mixto, pero dentro de los documentos del PSST correspondiente a este punto, debe elaborar una justificativa.
      4. Los costos de elaboración del PSST son bastantes variables y dependen de muchos factores: tamaño de la empresa, cantidad de trabajadores, cantidad de procesos, rubro de la empresa, requisitos que tenga implementados, experiencia del consultor, etc. Una cotización responsable deberá considerar varios de estos factores.
      Se pueden considerar referencialmente valores entre Bs.6000 para empresas pequeñas hasta más de Bs. 100.000 para empresas con procesos complejos y/o más de 100 trabajadores.

  22. Buenos dias una vez realizado todo los protocolos de registro PSST en la pagina virtual, que tiempo se espera para que le otorguen la certificación de Aprobación de PSST

    1. Buenas tardes Alejo, No existe un tiempo de espera o un plazo para la entrega del certificado de aprobación, está en función a la disponibilidad de los técnicos del Ministerio de Trabajo. Al momento de escribir esta respuesta, sabemos que existen PSSTs que están esperando 3 meses o más para ser aprobados u observados.

  23. Buenos dias, por favor tenia la siguiente duda, me encuentro realizando una Licencia Ambiental para un proyecto de construcción de un edificio pero en la secretaria de medio ambiente la cual es la que revisa estos documentos para otorgar las licencias ambientales me indica que debo presentar mi PSST, personalmente creo que no corresponde ya que se encuentra en etapa de proyecto, y conforme al articulo 2 no correspondería. además los dueños van a contratar a una empresa constructora para realizar toda la construcción.
    Entonces por favor si me podría aclarar si estoy en lo correcto o no?

    1. Buenas tardes Sonia
      Tal como indica en el articulo 2 de la NTS-009, El PSST se aplica también cuando se encuentra en etapa de proyecto (antes que comiencen las obras).
      El PSST puede ser presentado sin necesidad de que hayan comenzado las obras, y en éste se debe mostrar las programación de las medidas de seguridad y controles que se implementarán durante las diversas etapas de construcción del proyecto.

      La solicitud que le han hecho corresponde ser atendida.

    2. Buenos dias
      Que tiempo demora realizar el PSST para una empresa de servicios de mecanica industrial y si ustedes realizan este trabajo.?

      1. Buenos días
        El tiempo de Elaboración del PSST puede demorar entre 3 semanas o incluso más de 12 semanas, depende principalmente de la «agilidad» con la que la empresa realice los trámites y las implementaciones que son necesarias para la presentación (ej. compra de extintores, instalación de señalética, exámenes periódicos, conformación de comité mixto, etc.)

        Nosotros realizamos este tipo trabajo, puede contactarse con nosotros al whatsapp 71003665.

  24. Estimado
    En caso de que la empresa que ya tiene 20 años de funcionamiento y aún no tiene su PSST presentado al Ministerio de trabajo ya tiene una sanción?
    Y cuál es la fecha límite de presentación

    1. Buenas tardes Vladimir

      No tiene sanción.
      Antes de cualquier sanción hay una inspección y un periodo de plazo para regularizarse.

  25. Buenas, consultarle como puedo subir de categoria, con que estudios especificamente.
    Soy arquitecta, tengo un diplomado en seguridad y salud ocupacional de la univalle y categoria B.
    Muchas gracias por la atencion.

    1. Buenos días Nancy
      Si usted tiene categoría B, significa que tiene al menos un puntaje de 65 puntos, para subir a categoría «A» (75 puntos) puede realizar una maestría en algún tema relacionado con Seguridad y Salud Ocupacional, lo que le dará 10 puntos adicionales a los que tiene con el diplomado y podrá conseguir la categoría A. Aunque no me especificó cuánto tiempo de experiencia en Seguridad demostró para su carnet SySO, la experiencia le puede dar hasta 30 puntos en caso que demuestre más de 5 años de experiencia en Seguridad y Salud Ocupacional.

      Puede obtener una mejor guía viendo el siguiente curso que dimos en Youtube: https://youtu.be/9d62YC77bPU

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